El concepto anglosajón stalking hace referencia a un tipo de acoso un tanto “particular”. Se trata de un término bastante nuevo, por lo que su definición todavía está en construcción. Aún así, ya podemos tener unas primeras pinceladas de su significado.
¿Por qué es un acoso un tanto particular? Llamar por teléfono no está mal visto, ni mandar una carta o un mensaje, o incluso hacer un regalo. Aunque también se puede llegar a seguir a la persona. Cuando estas conductas se califican como stalking estarían revestidas por el tinte de la obsesión. Llamar con frecuencia, mandar cientos de mensajes, cartas, regalar en exceso, seguir a alguien a todas partes. Incluso, en los casos más graves, se puede hacer temer por la vida del acosado.
Introducción al “stalking”
Las primeras definiciones apuntan a que se trata de un síndrome y se ha bautizado como Síndrome del Acoso Apremiante. Aquellos que lo padecen, tanto hombres como mujeres, tienden a perseguir de forma obsesiva a una persona. Independientemente de la negativa del perseguido, el stalker (así se le llama en inglés) fijará su atención en la víctima y no será fácil que ceje en su empeño de perseguirla y acosarla.
El origen del término proviene de la caza. El verbo stalk significa acercarse a una presa de forma sigilosa intentado permanecer escondido. Este agobiante acercamiento a la víctima puede ser en forma de: llamadas de teléfono, cartas, mensajes, correos electrónicos, regalos e incluso incomodarla en lugares públicos o su lugar de trabajo. En casos más graves, la víctima podría llegar a recibir amenazas o sufrir algún acto violento.
Las nuevas tecnologías no pasan desapercibidas para los stalkers y hackear las cuentas de correo electrónico o de redes sociales de su víctima también puede estar en su lista de tareas. En este caso se utiliza el término cyberstalking.
Características del Stalking
Villacampa Estiarte (2009) remarca los aspectos más característicos del stalking:
· Conducta reiterada e intencionada. Los actos de acoso deben ser reiterados en el tiempo. Villacampa destaca que esto se debe a que “los actos de acoso, individualmente considerados, no suelen tener la suficiente gravedad como para fundamentar una respuesta de las autoridades”. ¿Pero qué número de actos podrían considerarse acoso? Pathé y Mullen (2000) establecen este número en al menos diez comunicaciones no deseadas en al menos cuatro semanas.
· Persecución obsesiva. Buscan la cercanía física, visual, directa o indirecta. Las conductas de acoso pueden ser: llamadas de teléfono, mandar correos electrónicos, regalos, cartas, seguir a la víctima o caminar en torno a su hogar. También conductas irrelevantes o incluso socialmente aceptadas de ser tenidas en cuenta de forma aislada o de ser apreciadas por el destinatario. Entre las conductas más graves que pueden constituir delito encontramos amenazar, sustraer bienes, difamaciones o acusaciones falsas, publicación de imágenes íntimas de la víctima, así como asalto o retención de la víctima.
· Respecto a una persona. La conducta de acoso debe ir dirigida a una persona concreta.
· No deseada. La conducta no es deseada por la víctima, se trata de “una intrusión no consentida en su espacio vital”.
· Crea aprensión o es susceptible de provocar miedo racional. La conducta debe ser percibida como amenazante o intimidatoria, produciendo tal sensación de malestar y temor que influye en el desarrollo normal de la vida de la víctima. Gómez Rivero señala que “es el seguimiento de la víctima, lo cual le genera un sentimiento de intranquilidad frente a un posible ataque de su acosador pero sin saber qué clase de ataque ni de lo que este es capaz. Podría ser un ataque a su patrimonio, a su integridad física, a su vida o a su libertad sexual. Es precisamente dicho desconocimiento sobre el qué, el cómo y el cuándo lo que genera mayor afectación al desarrollo vital de la víctima”.
Características del Cyberstalking
El cyberstalking, por su naturaleza tecnológica, posee una serie de características diferentes al stalking físico. García González (2010) elabora una lista de las características más destacadas:
· Invisibilidad. El anonimato que proporciona la red crea una sensación de impunidad en el agresor que le lleva a la percepción de disfrutar de poder y libertad. García González destaca que “el hecho de sabernos anónimos nos desinhibe: somos capaces de hacer o decir cosas que no tendrían lugar fuera de la red”.
· Ausencia de contacto directo con la víctima. Esta ausencia de contacto se traduce en una menor percepción del daño causado y dificultad de empatizar con la víctima.
· Desamparo legal. Ausencia de mecanismos rápidos y efectivos de protección para la víctima.
· Invade ámbitos de privacidad aparentemente seguros como es el hogar familiar. Se puede llegar a desarrollar un sentimiento de desprotección de la víctima.
· Es un acoso público. Se abre a más personas de forma rápida y es fácil invitar a otras personas.
· Facilidad de difusión, reproducción y accesibilidad. Internet siempre está “abierto”, no tiene horarios. Sólo hace falta un ordenador o smarthphone con acceso a Internet.
Perfil del stalker/acosador
Según el artículo de investigación de Villacampa y Pujols (2017) la mayoría de los acosadores son hombres. Bjerregaard (2000) afirma que el sexo está relacionado con el de la víctima. Según una investigación de la autora, “mientras las mujeres acostumbran a ser mayoritariamente acosadas por hombres, los varones son victimizados tanto por hombres como por mujeres“.
Villacampa y Pujols apuntan que el 80,6% de los hombres actúan en solitario, mientras que las mujeres prefieren actuar en grupo. Las autoras apuntan que “concretamente, intervinieron conjuntamente con otras mujeres en el 45.7% de los casos (20% con otra mujer y 25.7% con 3 o más mujeres), actuando solas únicamente en el 42.9%”.
Las autoras también destacan respecto al sexo de los stalkers en caso de acoso grupal (tres o más personas) que es “mayormente perpetrado por grupos mixtos (44%), seguidos de grupos formados únicamente por mujeres (36%) y únicamente por hombres (20%)“.
Perfil de la víctima y consecuencias
A nivel general, cualquier persona puede ser objeto de stalking. La conducta de acoso puede darse entre dos personas que han tenido una relación, pero también con un amigo, un vecino, un compañero de trabajo o un desconocido. Así pues, el grado de intimidad con la víctima no tiene porque ser un dato distintivo.
Las consecuencias en la víctima pueden ser múltiples, desde ansiedad, estrés, inseguridad y miedo. A todo esto se le suma una continua sensación de ahogo por el miedo y temor por su integridad física y sentimientos de persecución.
Esto puede provocar en la víctima que se vea obligada a cambiar su modus vivendi. Esto es, cambiar el camino por el que va al trabajo, cambiar de número de teléfono, e incluso, en casos más extremos y graves, cambiar de domicilio.